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Proyecto de Ley
Declaración de Emergencia Vial en Monte Caseros
En el proyecto ingresado al Concejo Deliberante de Monte Caseros con fecha 11 de noviembre de 2010 se expresa que la situación del tránsito se ha tornado realmente caótica, como nunca antes hemos visto en Monte Caseros, muchas veces suceden dos o más accidentes de tránsito en un solo día y esta situación va en aumento, poniendo a la sociedad en un estado de irritabilidad constante y en situaciones verdaderamente traumáticas.

Es por ello que se requiere por parte del Municipio, la adopción de medidas extraordinarias de carácter inmediato y urgente.

En consecuencia se ordena que se Declare la Emergencia de la Circulación Vial en toda la Ciudad de Monte Caseros por el término de un (1) año, a partir de la fecha de promulgación de la presente, pudiendo ser prorrogado, con el objeto de garantizar el ejercicio del derecho a la circulación en condiciones que aseguren la integridad física de todas las personas que transitan por nuestra ciudad.


En el plazo que dure la emergencia el Departamento Ejecutivo deberá formular un Plan Integral De Seguridad y Educación Vial para nuestra ciudad, actuando en forma coordinada con el Concejo Deliberante de Monte Caseros a fin de unificar mensajes y propuestas que contemplen todas las cuestiones relativas al tránsito vehicular en toda la Ciudad de Monte Caseros para la elaboración de Ordenanzas o estudio de Proyectos de Ordenanzas ingresados al Concejo Deliberante que no han tenido tratamiento pese a su necesidad, o estudio de Ordenanzas, o Resoluciones ya existentes y vigentes que requieran su modificación o derogación o que se encuentren en desuetudo.



El Plan Integral De Seguridad y Educación Vial deberá contemplar diversos aspectos que se detallan en el Proyecto de Ordenanza como la verificación de que los elementos que se utilizan para cortar el tránsito vehicular por determinadas cuestiones específicas, estén en adecuadas condiciones, pintados en colores adecuados que permitan su visibilidad por todos los que circulan por las calles de nuestra ciudad, y en cualquier hora del día.




Autora: Concejal Fiorella Cusinato


PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO

El alarmante incremento del número de siniestros viales ocurridos en nuestra ciudad, en los últimos meses, los cuáles son de público conocimiento, ya que los diversos medios de comunicación locales informan continuamente que muchas veces suceden dos o más accidentes de tránsito en un solo día en Monte Caseros.

CONSIDERANDO
Que la realidad que vivimos hoy denota que, los siniestros viales, van en aumento poniendo a la sociedad en un estado de irritabilidad constante y en situaciones verdaderamente traumáticas.
Que la situación del tránsito se ha tornado realmente caótica, como nunca antes hemos visto en Monte Caseros.
Que la política de seguridad vial forma parte de la política de protección de los Derechos Humanos, resultando los siniestros de tránsito consecuencia de una sumatoria de factores predeterminados y evitables cuyas consecuencias, consisten en las pérdidas de vidas humanas, lesiones discapacitantes y daños materiales, que significan la vulneración de los derechos a la seguridad, a la salud y al goce de una vida digna.
Que cualquier acción que tienda a reducir los accidentes de tránsito debe ser una acción multifacética que incluya una mejora en las características de la seguridad de las calles de nuestra ciudad, adecuada señalización e iluminación de calles, plazas públicas, educación y capacitación de los conductores, seguridad en vehículos, mayor control de la situación del transporte en motos, contralor de todo tránsito vehicular en su conjunto, incluidos los remises, sanciones y campañas públicas de concientización y difusión.
Asimismo los elementos que se utilizan para cortar el tránsito vehicular por determinadas cuestiones específicas, deben estar en adecuadas condiciones, pintados en colores adecuados que permitan su visibilidad por todos los que circulan por las calles de nuestra ciudad, y en cualquier hora del día.
Que frente a la entidad de los sucesos que se han venido registrando en la circulación vial de la Ciudad, tanto en el aumento considerable de lesionados e incluso accidentes fatales, se requiere por parte del Municipio, la adopción de medidas extraordinarias de carácter inmediato y urgente a corto y mediano plazo, a fin de garantizar al ciudadano el ejercicio del derecho a la circulación, en condiciones que aseguren la integridad de todas y todos los montecasereños.
Teniendo en consideración la Carta Orgánica Municipal en su Art. 8º que establece los deberes y atribuciones municipales, en particular, el inciso 1º que reza: “Gobernar y administrar los asuntos públicos y de intereses locales, dirigidos al bien común, para promover el desarrollo humano y social de todos los habitantes”, el inciso 15º: “Dictar el reglamento de tránsito, el inciso 21º: “ejercer el poder de policía dentro de las facultades delegadas y en sus funciones preventivas, de contralor y represivas”, inciso 24º : “Formular planes urbanísticos y realizar obras públicas” y el Capítulo III referido a las políticas especiales , en su Art. 11 que establece: “Al Municipio le corresponderá el control, promoción y protección de la salud, debiendo garantizar a los habitantes el goce de las mejores condiciones de prevención, asistencia y rehabilitación, con especial atención a los discapacitados”..

Por ello,
LA MUNICIPALIDAD DE MONTE CASEROS
REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA



Articulo 1º: Declárese la Emergencia de la Circulación Vial en toda la Ciudad de Monte Caseros por el término de un (1) año, a partir de la fecha de promulgación de la presente, pudiendo ser prorrogado, con el objeto de garantizar el ejercicio del derecho a la circulación en condiciones que aseguren la integridad física de todas las personas que transitan por nuestra ciudad.
Articulo 2º: Durante el plazo que dure la Emergencia el Departamento Ejecutivo a través de una unidad ejecutora que se cree al efecto, deberá definir estudios, programas, y acciones tendientes a formular un Plan Integral De Seguridad Y Educación Vial para nuestra ciudad, actuando en forma coordinada con el Concejo Deliberante de Monte Caseros a fin de unificar mensajes y propuestas que contemplen todas las cuestiones relativas al tránsito vehicular en toda la Ciudad de Monte Caseros para la elaboración de Ordenanzas o estudio de Proyectos de Ordenanzas ingresados al Concejo Deliberante que no han tenido tratamiento pese a su necesidad, o estudio de Ordenanzas, o Resoluciones ya existentes y vigentes que requieran su modificación o derogación o que se encuentren en desuetudo.
Articulo 3º: El Plan Integral De Seguridad y Educación Vial deberá contemplar los siguientes aspectos: A) Formular un mapa de riesgo y siniestralidad vial en el ámbito de nuestra ciudad. B) Relevar la conectividad vial con el fin de obtener una visión sistémica e integrada de la trama circulatoria y un plan jerarquizado de calles, avenidas y accesos de distintas velocidades del flujo de tránsito. C) Redefinir los itinerarios para el tránsito pesado. D) Realizar un estudio particularizado del área centro, que contemple espacios para estacionamiento de motos. E) Determinación de las obras de infraestructura vial prioritarias e indispensables. F) Intensificar obras de señalización vial a los efectos de incrementar comodidad, seguridad y eficacia de la circulación. G) Realizar un Censo del Parque Automotor y evaluar la implementación de un transporte público. H) Realizar un Relevamiento y análisis de las conductas y maniobras de los montecasereños al conducir, y en función de este relevamiento generar nuevas jornadas y nuevos elementos de educación vial. I) Controlar adecuadamente el servicio que ofrecen los remises y la verificación vehicular de los mismos que deberá ser exhaustiva. J) Coordinar con todos los organismos competentes en materia de seguridad y educación vial, la aplicación de la normativa nacional, provincial y municipal de tránsito. K) Elaborar un sistema periódico de información sobre actuaciones preventivas y de control, y un registro estadístico de accidentes y víctimas del tránsito. L) Incrementar la cantidad, intensidad, calidad y efectividad de los controles de circulación vehicular, especialmente la situación del transporte en motos, motocicletas y cuatriciclos. M) Verificar que los elementos que se utilizan para cortar el tránsito vehicular por determinadas cuestiones específicas, esten en adecuadas condiciones, pintados en colores adecuados que permitan su visibilidad por todos los que circulan por las calles de nuestra ciudad, y en cualquier hora del día. N) Cualquier otra acción que resulte conveniente para mejorar el tránsito en Monte Caseros.
Articulo 4º: Facultar al Departamento Ejecutivo a reasignar partidas y personal con el fin de asegurar los objetivos planteados en la norma.
Articulo 5º: De forma.







Viernes, 12 de noviembre de 2010

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