ISFD "Ramón J. Cárcano"
Asociación Civil Cooperadora convoca a la Asamblea Ordinaria
De acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Social, convocase a los Asociados de la Asociación Civil Cooperadora del Instituto Superior de Formación Docente "Dr. Ramón J. Cárcano" a la Asamblea Ordinaria que se realizará el día 23 de diciembre, a las 18.00 horas, en su local social sito en Colón N°880, de esta ciudad.
Orden del Día.
1.- Designación de dos socios para firmar el Acta de Asamblea
2.- Lectura del Acta Anterior.
3.- Consideración, Memoria y Balance del ejercicio Años: 2019 / 2020 / 2021 Y 2022 e informe del Revisor de Cuentas. -
4.-Elección total de miembros de Comisión Directiva: Presidente, Secretario, Tesorero; Vocales Titulares: 1°, 2° y 3°, Vocales Suplentes; 1 y 2, y Un (1) Revisor de Cuentas Titular y Un Revisor de Cuentas Suplente.-.
5.- Informar designación Vocal Titular 3° electo por Asamblea de Alumnado. -
6.-Clausura de la Asamblea.
Art.34. – Habrá dos clases de Asambleas generales: Ordinarias y Extraordinarias. – Las Asambleas ordinarias tendrán lugar una vez por año, dentro de los primero cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio, cuya fecha de clausura será el 31 de diciembre de cada año y en ellas se deberá: A) Considerar, aprobar o modificar la memoria, el balance general, inventario, cuenta de gastos y recursos y dictamen del Revisor de cuentas. B) Elegir cuando corresponda a los miembros de la Comisión Directiva y Revisor de Cuentas. C)Tratar cualquier otro asunto incluido en el orden del día. D) Tratar los asuntos propuestos por un mínimo de dos asociados con derecho a voto, presentados a la Comisión Directiva dentro de los quince días de cerrado el ejercicio social y tratar la apelación de alguna resolución en la Comisión Directiva si se hubiere impuesto. -
Art. 36.- Las Asambleas se convocarán por medio de publicaciones en un diario o cualquier medio de comunicación local y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día y con quince días de antelación a la fecha fijada para la asamblea, (pudiendo establecer además la remisión de circulares al domicilio de los asociados, a los mismos efectos).- Debiendo ponerse a disposición de los asociados la memoria, balance, inventario, cuenta de gastos y recursos y el dictamen del Revisor de Cuentas, con igual antelación. Cuando se someta a consideración de la Asamblea reformas al estatuto o reglamento, el proyecto de las mismas deberá ponerse a disposición de los asociados con idéntica anticipación. En las asambleas no podrán tratarse otros asuntos de los incluidos expresamente en el Orden del Día.
Art.37.-Las Asambleas se celebrarán válidamente, aún en los casos de reforma del estatuto y de disolución social, sea cual fuere el número de asociados concurrentes con derecho a voto, media hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiese reunido ya la mayoría absoluta de los asociados con derecho a voto. Serán presididas por el Presidente de la entidad o en su defecto, por quien la asamblea designe por simple mayoría de votos emitidos. Quien ejerza la presidencia solo tendrá voto en caso de empate.
Miércoles, 22 de noviembre de 2023