En todo el país Rige la veda electoral del balotaje 2023 El próximo domingo 19 de noviembre se celebrará la segunda vuelta electoral o balotaje 2023. En esta instancia, dos candidatos competirán por la presidencia de la Nación.
La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación. La misma inició este viernes 17, a las 08:00hs.
De acuerdo al Código Nacional Electoral, 48 horas antes de la votación comienza la veda electoral. Esta medida busca conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en los cargos. Las prohibiciones de la veda electoral del balotaje 2023
El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece las prohibiciones que rigen durante la veda electoral:
*Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
*Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio.
*Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
*Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado, es decir, desde el domingo a las 8h hasta las 21h. Está prohibido vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 21.
*A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, desde el sábado a las 20h y hasta las 21 del domingo (12 horas antes y 3 horas después de finalizada)
*La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
*También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.
*Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
¿Qué pasa si se rompe la veda electoral?
Los electores pueden tener como sanción el pago de multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.
Además, aquellos que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena desde dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.
El Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros tendrá la atribución de disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
¿Cuándo empieza y termina la prohibición de vender alcohol?
La veda electoral restringe la venta de bebidas alcohólicas desde las 12 horas anteriores al inicio de la elección. Una vez cerrado los comicios, habrá que esperar 3 horas para poder reiniciar su comercialización.
*InfobaeViernes, 17 de noviembre de 2023
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