A partir del 8 de julio Cronograma de pagos del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social El Ministerio iniciará el cronograma de pagos del mes de junio, a partir de este 8 de julio de 2011. Los mismos son remunerados en el Banco de la Nación y pertenecen a diferentes programas, a los cuales jóvenes de la ciudad están adheridos. Las ayudas económicas variarán, de acuerdo a las distintas actividades que desarrollen en las diversas acciones del Programa y los jóvenes recibirán por ello prestaciones dinerarias no remunerativas mediante el mecanismo de pago directo, para lo cual se les entregará una tarjeta magnética personal e intransferible. Los jóvenes podrán percibir sólo una de las ayudas económicas por mes, además de las descriptas previamente, de la siguiente manera: a) En forma mensual luego de haber cumplido con la asistencia a la actividad.
b) Los jóvenes que aprueben un módulo, nivel y/o trayecto de estudios primarios y/o secundarios en el marco del Programa, percibirán en un solo pago la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150) multiplicada por los meses de participación en los mismos, y hasta un máximo de PESOS SEISCIENTOS ($600) por módulo, nivel o trayecto.
c) Los jóvenes que aprueben un curso de formación profesional en el marco del Programa, percibirán en un solo pago la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150) multiplicada por los meses de permanencia en el curso. Los jóvenes podrán percibir por este concepto hasta un monto máximo de PESOS NOVECIENTOS ($900) durante toda su participación en el Programa.
d) Los jóvenes que opten por generar un emprendimiento independiente percibirán, en concepto de apoyo a la formación del capital y sujeto a la aprobación del Plan de Negocio, las siguientes ayudas económicas:
• 1. un pago inicial de hasta PESOS CUATRO MIL ($4.000) por cada jóven que integre el proyecto con un límite máximo de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) por proyecto;
• 2. cumplidos los NUEVE (9) meses de implementación del proyecto, a solicitud fundamentada de los jóvenes emprendedores y previa evaluación del cumplimiento del Plan de Negocio y de la solicitud efectuada, se podrá adicionar hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto inicial. En el caso de proyectos asociativos se tomará como base, para la determinación del monto, el correspondiente a la cantidad de jóvenes que permanezcan en el proyecto.
e) Los jóvenes que se integren a una práctica calificante en ambientes de trabajo, percibirán una suma no remunerativa mensual de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($550). Cuando el establecimiento pertenezca a una micro, pequeña o mediana empresa – en adelante PyME-, dicha suma mensual no remunerativa será cofinanciada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL o por la Provincia en la que se halle instalado el establecimiento por una suma mensual de hasta PESOS CUATROCIENTOS ($400), debiendo la PyME completar el resto hasta alcanzar la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($550) por mes.
Cuando el establecimiento pertenezca a una empresa grande, dicha suma mensual no remunerativa estará integrada por PESOS QUINIENTOS CINCUENTA ($550) mensuales a cargo de la empresa.
Documentos terminados en: A partir del día: 0 - 1 8/07/2011 2 - 3 11/07/2011 4 - 5 12/07/2011 6 - 7 13/07/2011 8 - 9 14/07/2011 Miércoles, 6 de julio de 2011
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