La corte sentó precedente La justicia notifica a IPS que retenga ganancias a jubilados con cautelares caídas Aunque no resolvió la cuestión de fondo, la justicia federal rechazó la acción de amparo como vía de planteo contra el impuesto y sentó precedente. Así, IPS debe reiniciar retenciones en los casos pertinentes, al ser agente de retención de AFIP, según la normativa vigente. La titular del organismo provincial recomendó a los beneficiarios a consultar con sus asesores legales sobre intimaciones del organismo recaudador nacional que llegan directamente a los involucrados. La titular del Instituto de Previsión Social de Corrientes, Estela Regidor, confirmó que deberá reiniciar las retenciones en los casos en los que existe un fallo judicial que da por caída la cautelar, a partir de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que excluye esta vía de acción, sentando precedente.
“Desde el IPS recomendamos a cada jubilado que haya encarado una medida judicial solicitando la acción de amparo contra el impuesto a las ganancias, que recurra a sus abogados y consulte en qué estado está su causa”, aconsejó Regidor. En diciembre pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó un precedente al rechazar, en un caso particular, la acción de amparo como vía de planteo o reclamo contra la aplicación del impuesto a las ganancias. “Esta sentencia no resuelve la cuestión de fondo, sino la de forma, es por ello que cada jubilado que accionó ante la justicia debe consultar con su asesor legal”, afirmó Regidor. Más de tres mil beneficiarios del sistema provisional correntinos interpusieron una acción de amparo contra la AFIP para que no se le efectúen los descuentos de impuestos a las ganancias. “Tienen que consultar con sus abogados y seguramente podrán realizar los planteos por otros caminos”, agregó la titular del instituto. Entre los jubilados provinciales hay quienes no sufren descuentos por la acción de amparo desde 2005. ORDEN JUDICIAL “Como consecuencia de esta decisión de la Corte Suprema, el IPS recibió las notificaciones de la justicia federal de rechazos a la acción de amparo en algunos casos, y en la misma comunicación se ordena al instituto que realice el descuento como agente de retención de AFIP”, explicó Regidor. “El IPS solamente acata órdenes judiciales”, aseguró el gerente general del instituto, Bruno Magnani. A partir de la notificación judicial de rechazo del amparo, el organismo provincial vuelve a ser un agente de retención. “Pero también estamos en conocimiento de que, a raíz de este fallo de la Corte, la AFIP está enviando directamente, en los casos que hay sentencia de rechazo, cédulas al involucrado”, explicó. ANALÍSIS CON JUBILADOS Ante esta situación, las autoridades del IPS recibieron a la presidente del Centro de Jubilados y Pensionados de la Provincia, María Solís de Zambrano. “La doctora Zambrano nos comentó que el Centro está analizando la posibilidad de encarar una medida colectiva, y nos explicó las estrategias legales que va adoptar y que viene siguiendo la entidad en cada caso particular”, dijo Regidor. “Nos fue muy bien en la reunión”, manifestó Zambrano y agregó: “Ahora el instituto va a esperar las notificaciones y las órdenes judiciales que vaya recibiendo irá cumpliendo”. “Lo único que está haciendo es lo que le corresponde al IPS, cumplir con las sentencias y las órdenes judiciales. Si el juzgado le ordena que siga descontando, va a seguir descontando, porque la entidad es agente de retención nada más”, señaló la referente de los jubilados correntinos. “Lo que resolvió la Corte Suprema de Justicia no es cuestión de fondo, es decir, la Corte no dijo de que la retención de impuestos a las ganancias a los jubilados es constitucional, ni tampoco dijo que es inconstitucional. Lo que dijo es que el medio utilizado para plantear la acción de inconstitucionalidad, que se utilizó la acción de amparo es insuficiente, deben acudir por otra vía, por otro tipo de juicio, que es un juicio ordinario que es un contencioso administrativo”, explicó Zambrano. “Son casos particulares, al salir la jurisprudencia que salió el 10 de diciembre de 2013, todos los demás fallos que empiecen a salir van a ser iguales porque cuando la Corte Suprema sienta precedente, los tribunales inferiores tienen la obligación de aplicar”, indicó. Al mismo tiempo, Zambrano expresó que “no está dicha la última palabra, el justiciable puede iniciar lo mismo que pidió por otro camino eso es decisión del jubilado en conversación con sus abogados, según lo que les aconsejen hacer”. COSTO ALTO “Falta muy poquito para el cambio del gobierno nacional, nosotros tenemos esperanzas de que nuestros nuevos gobernantes nacionales van a tener que considerar este tema. Es cuestión de aguantarse y contar los días”, manifestó Zambrano. En cambio, la referente de los pasivos correntinos destacó que “con el gobierno provincial la relación del Centro de Jubilados es normal, igual que con el Instituto de Previsión Social, tenemos diálogo fluido, tales es así que se está trabajando por la reforma de la ley de jubilaciones que es la que necesitamos”. “Se va avanzando, mientras no nos quedemos quietos, mientras se vayan dando paso a paso yo estoy conforme”, afirmó.Martes, 9 de septiembre de 2014
|