A partir del lunes 12 La actualización del DNI ahora se hará a los 14 años Luego de la aprobación por parte del Congreso nacional y la promulgación de la Ley del Voto Joven, que permite a chicos de 16 y 17 años sufragar de manera optativa en las próximas elecciones legislativas, desde la Dirección Nacional Electoral informaron que la renovación del Documento Nacional de Identidad se deberá hacer a partir de los 14 años.
“A partir del próximo lunes 12 de noviembre, se modifica la edad requerida para la realización del trámite de actualización de mayor, debiéndose realizar a partir de cumplir el ciudadano los 14 años de edad” explicó el ministro de Gobierno, Adán Bahl y agregó: “En esta ocasión se emitirá un nuevo DNI tarjeta y el Registro Nacional de las Personas (Renaper) procederá a informar a la Justicia Electoral a los efectos de dar el alta en el padrón electoral”.
Esta medida se dio a conocer este lunes mediante una circular que emitió el Ministerio del Interior de la Nación y que se pondrá en vigencia a partir del próximo lunes 12 de noviembre.
“Se mantienen los requisitos e instrucciones vigentes para los trámites de Actualización de mayor, pudiendo el menor concurrir solo, sin necesidad de estar acompañado por alguno de sus padres para la realización de este trámite”, explicó Bahl.
En este sentido el titular de la cartera política resaltó que “como medida extraordinaria, y por el término de un año, desde la entrada en vigencia de la mencionada ley, la actualización de mayor se podrá efectuar a partir de los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 17 años de edad, sin multas ni penalidades. Luego de este periodo de transición, la actualización deberá efectuarse desde los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 15 años de edad”. “En caso que un joven mayor de 14 años se presente a realizar cualquier tipo de trámite relativo al DNI se deberá proceder de igual modo que en la actualidad con los de mayores de 16”, manifestó.
“El oficial público del Registro Civil deberá constatar, ya sea a través de información provista por el ciudadano o por el mismo sistema de toma digital, si el solicitante ha cumplido con la actualización de mayor. En los supuestos en que no la hubiera realizado, se deberá proceder a la toma de un trámite de actualización de mayor”, sostuvo.
En cuanto al régimen de multas establecidas para aquellos que no hubieran efectuado su actualización en el tiempo correspondiente continúa sin cambios. “En los supuestos en que la actualización de mayor se realizara pasados los 17 años, se deberá abonar la multa cuyo importe será equivalente a una tasa vigente a la fecha que se gestione su identificación”, relató Bahl. Martes, 6 de noviembre de 2012
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